Aliviar la pobreza o erradicar las desigualdades

Aliviar la pobreza o erradicar las desigualdades

Entre el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la Renta Básica de las Iguales (Rbis).

01/07/2020
Una manifestación en Barakaldo en junio de 2020 para criticar la gestión que hace Lanbide de la RGI ilustra este artículo sobre erradicar la pobreza y las desigualdades. / Foto: Ecuador Etxea

Manifestación en Barakaldo en junio de 2020 para criticar la gestión que hace Lanbide de la RGI. / Foto: Ecuador Etxea

Desde la Coordinación Baladre, el debate y la construcción de la propuesta sobre la Renta Básica de las Iguales es para nosotras un proceso y a la vez una herramienta para repensar el sistema económico hacia otro modelo que ponga la vida en el centro. Entendiendo que el capitalismo se sustenta sobre múltiples desigualdades, no entendemos una transformación si estas desigualdades no son abordadas. Es por eso, que el feminismo no es para nosotras algo transversal, es el pilar principal. Esta propuesta nace en los años 80 del siglo pasado, en una confluencia de movimientos que van desde la Asamblea de Paradas de Gasteiz, que se encontró con personas del ecologismo como Ramón Fernández Durán y de la Economía Crítica como Miren Etxezarreta y José Iglesias Fernández, hasta los enredos con las compañeras feministas que andaban en aquellos años en las comunas feministas de Berlín.

En estos años, no hemos sido las únicas en hablar de renta básica, hay otras propuestas que hablan de las rentas básicas y coincidiendo en muchos planteamientos con ellas, la diferencia principal para nosotras es el punto de partida y el recorrido hacia otros objetivos. Para nosotras, percibir una renta no es solo el objetivo sino el punto de partida. Es una herramienta que puede ser emancipadora y que entendemos debe servir para una construcción y transformación desde lo individual hacia lo comunitario. Esto, bajo nuestro punto de vista, es una diferencia muy relevante.

Muchas han sido las voces que ahora, en tiempos de pandemia, se han posicionado a favor de un modelo orientado hacia las rentas básicas, voces que en otros momentos negaban la idoneidad de ese derecho como un primer paso hacia la justicia social. Algunas por desconocimiento de las diferentes propuestas de rentas básicas, otras porque entendían otros derechos más urgentes, y otras porque entendían (equivocadamente) que las rentas mínimas ya cumplían el papel de una renta básica. A estas, podemos añadir voces, incluso de izquierda, que todavía entienden el empleo como la única puerta de entrada a los derechos. Romper con la centralidad del empleo y la necesidad de, literalmente, ganarse la vida es sin duda uno de los debates más difíciles en muchos espacios. Este aspecto se entiende bien cuando se incorpora la perspectiva feminista ya que desde el feminismo la visibilización y valoración del trabajo más allá del empleo es algo clave. La vida se sustenta precisamente en trabajos que no están considerados como empleos y son los que nos son adjudicados históricamente a las mujeres. Para nosotras la solución no pasa por propuestas que nos hablen de “trabajo garantizado”, algo que ya tenemos, pasa porque todas partamos de unas condiciones en las que podamos decidir qué trabajos queremos desarrollar, desde una perspectiva comunitaria y sabiéndonos seres interdependientes necesitados de cuidados y recursos para una vida digna.

Pues bien, el Ingreso Mínimo Vital (IMV), aprobado el pasado 29 de mayo, no solo no tiene nada que ver con todo esto que para nosotras es fundamental en una renta básica, sino que además no lo ha pretendido en ningún momento. El propio preámbulo de la ley, la parte del texto que justifica su desarrollo, deja claras las principales motivaciones para desarrollarla. En este preámbulo, encontramos que la centralidad está en la orientación de las personas empobrecidas a la búsqueda de empleo y la inserción laboral, es decir, que lo principal es cubrir las necesidades del mercado y NO de las personas.

Este IMV es una renta mínima de inserción, copiada casi “al dedillo” de la última Ley de Renta Mínima Vasca (conocida como RGI); y fue el Gobierno socialista en la Comunidad Autónoma Vasca (CAV) quien promovió el mayor recorte de su historia. Es un derecho subjetivo, es decir, que para poder hacerlo efectivo es necesario cumplir una serie de requisitos e implica comprometerse a recorrer itinerarios de inserción laboral para no perderlo. Además, no es un derecho individual, sino que está condicionado al núcleo familiar, aunque le han llamado “Unidad de Convivencia (UC)”, un término confuso y bastante perverso para no llamar a las cosas por su nombre. Otro de los límites copiados de la RGI vasca es que, independientemente del número de UC que residan en un mismo domicilio, solo dos de ellas podrán acceder al derecho. Por último, las personas de la UC que soliciten el IMV tendrán que ser mayores de 23 años y menores de 65, salvo que en la UC existan menores o personas dependientes al cuidado de la persona solicitante. Además, las cuantías a percibir se han quedado limitadas a la cuantía de la pensión no contributiva, es decir, una cuantía muy por debajo del umbral de la pobreza (que se define como la mitad de la renta per cápita), el indicador que determina la cuantía mínima necesaria para vivir.

Por otro lado, también decíamos que el acceso al derecho queda delimitado en la familia desde una visión muy reduccionista, y situaciones como la de los hogares monoparentales se reducen a la mirada sobre la pobreza infantil. En ningún párrafo, ni en el preámbulo ni en el articulado de la ley, se hace mención alguna a la feminización de la pobreza que establece que, independientemente que las mujeres tengan ingresos o no, se ven sujetas al desarrollo de las labores de cuidado y que el resto de personas que integran la unidad de convivencia, la familia, son dependientes de estas labores de cuidado que ni se valoran socialmente, ni se valoran económicamente. Sí se establecen excepciones al cumplimiento de requisitos para las mujeres que hayan enfrentado violencia machista y que lo puedan acreditar, así como las mujeres prostituidas por redes de trata que igualmente lo puedan acreditar, más el complemento de monoparentalidad que aumenta mínimamente la cuantía del IMV. Medidas estigmatizantes y raquíticas para las mujeres que se habrían evitado si en lugar de establecer un derecho subjetivo y condicionado se hubiera optado por una Renta Básica de las Iguales, que sí establece un derecho individual y pleno, y pone en el centro la responsabilidad comunitaria de las tareas de cuidados.

Para entender mejor todo esto, proponemos hacer un ejercicio de imaginación en el que, tras las muertes producidas por la Covid19, se estableciera una ley sanitaria que dispusiera limitar el derecho a la sanidad pública y regular el acceso a ella a través de un derecho subjetivo para proteger a aquellas personas “sanitariamente” más vulnerable, al igual que el IMV viene a proteger a las familias “económicamente” más vulnerables. De forma que, se estipulara que solo pudieran hacer un uso integral y gratuito de la sanidad pública aquellas personas que cumplieran los requisitos de ser mayores de 60 años o tener patologías previas y tener la residencia efectiva durante un año en el Estado Español. Estableciendo como excepción a las personas que formen parte de la unidad familiar y a quienes realizan prestación de servicios sociosanitarios (cuidados mercantilizados) siempre que lleven ejerciendo esta labor tres años y cotizando a la seguridad social al menos un año, aunque no sea consecutivo. Además, aquellas unidades de convivencia que disfrutasen de sanidad integral y gratuita no podrían optar a la prestación por dependencia, la cual se iría eliminando progresivamente, como en el IMV se elimina la prestación por hijo u hija a cargo. Este podría ser un ejemplo que viene a señalar lo que introduce un derecho subjetivo frente a un derecho pleno y podemos valorar dónde quedarían las mujeres en esta situación.

Muchas personas dirán que nos hemos pasado en la comparación, porque no es lo mismo limitar un derecho que abrir la puerta a otro que no existía. Aquí es donde toca aclarar que esto no es así, porque el derecho a las rentas mínimas existe en el Estado Español desde la entrada en la UE, pero el Gobierno de la época, del PSOE, decidió transferir esta competencia directamente a las Comunidades Autónomas y que fueran estas, con sus capacidades presupuestarias, las que lo implementaran sin injerencias estatales. En este contexto, solo en la CAV se puso en marcha en el año 1989 el Ingreso Mínimo de Inserción, con un Gobierno vasco motivado por una cuestión de superávit en las arcas públicas y por ser un momento de gran conflictividad social y deslegitimación política.

Las rentas mínimas autonómicas y ahora el Ingreso Mínimo Vital han sido históricamente herramientas para la llamada paz social y sirven en muchos casos para la desmovilización de una parte de la población que, si se moviliza, pierde sus mínimos derechos. Como hemos expuesto, el IMV no pretende liberar a las personas del yugo de la precariedad laboral y tampoco se piensa desde una visión emancipadora o que genere autonomía en las personas, sino desde una perspectiva de “nucleos familiares”. Es por eso que la base de nuestra propuesta de Renta Básica de las Iguales (RBis) es que sea un derecho individual, universal, incondicional, suficiente y comunitario. Es decir, un derecho pleno y para todas las personas que ataque al capital estableciendo una renta mensual igual o superior al umbral de la pobreza, que ataque al patriarcado estableciendo que la renta sea individual y de igual cuantía para todas las personas independientemente del género o la edad, que sea antirracista y decolonial porque no discrimina por procedencia, por el tiempo de empadronamiento o porque es independiente de si se ha cotizado o no previamente. Entendemos que es imprescindible que la RBis sea suficiente y comunitaria porque queremos desmonetarizar las necesidades básicas y los cuidados. Proponemos establecer un fondo común, al que iría en un inicio un 20 por ciento de ese ingreso, para gestionar de forma comunitaria decidiendo qué necesidades tenemos que cubrir colectivamente: vivienda, alimentación, sanidad, educación, transporte… La idea sería aumentar ese porcentaje de forma progresiva conforme se vaya avanzando en las respuestas en las necesidades desde el colectivo hasta poder llegar a un 80 por ciento del ingreso gestionado de forma compartida.

Esta, que sería nuestra propuesta de base, no desmonta por sí misma el patriarcado, por supuesto, si no se entiende el significado profundo de la mirada feminista y si no la complementamos con medidas y reivindicaciones históricas que interseccionen derechos sociales, ambientales y laborales. Se hace imprescindible insistir en la derogación de leyes que limitan derechos y perpetúan las desigualdades, todas aquellas que privilegian a unos y nos someten a otras, así como generar diálogos en/con el territorio entendido más allá del asfalto.

Por todo esto y por mucho más, creemos que es importante decir que el IMV no es una solución, como mucho un minúsculo parche que aliviará la pobreza a muy pocas. Desde una perspectiva feminista ayuda poco a abrir brechas en el sistema patriarcal y desde una perspectiva de construcción comunitaria nos mantiene en el limbo del empleo cada vez más precarizado y sigue dejando la puerta abierta al empleo sumergido, sobre todo para las mujeres migrantes y empobrecidas, limitando la capacidad para la construcción desde otros lugares.

Entendemos que el IMV puede aliviar ligeramente algunas urgencias, pero para nada cuestiona el fondo de las desigualdades. Es por esto que desde Baladre y junto con otras organizaciones, colectivos y redes no nos conformamos y trabajamos en espacios de suma de reivindicaciones y propuestas de lucha, donde la RBis es una reivindicación imprescindible contra las desigualdades junto a otras que cuestionan las falsas soluciones y construyen nuevas realidades que pongan la vida en el centro.

 


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