Siete medidas de control para el CIE de Madrid

Siete medidas de control para el CIE de Madrid

Los tres juzgados de control del centro reconocen la vulneración de derechos documentada por las personas internas y establecen un protocolo contra las agresiones, aunque solo aprueba una medida insuficiente en materia de género.

18/05/2022

Ilustración de Julia Villarrubia Pinés

“Las mujeres migrantes víctimas de violencia machista, quienes solicitan asilo o quienes están embarazadas, no pueden estar internas en un CIE”, explica María Paramés, representante de la organización Mundo en Movimiento. Esta oenegé ha formado parte de un proceso para exigir mejoras en las condiciones de las personas internas en los Centros de Internamiento para personas Extranjeras (CIE) que comenzó oficialmente en julio del año pasado, pero que se formalizó ayer. Aunque es imperativo cerrar estos centros y derogar la ley de extranjería, la resolución de este proceso supone un hito, ya que implica que los juzgados de control den credibilidad a las denuncias de torturas de las personas encerradas.

La reunión tuvo lugar el pasado 12 de enero pero las vulneraciones de derechos se venían registrando y denunciando desde tiempo antes. “La rigurosa actividad en los CIE que lleva a cabo desde hace años el Defensor del pueblo”, la coordinación de varias organizaciones sociales –Mundo en Movimiento, Pueblos Unidos-SJM, el Observatorio de Derechos Humanos Samba Martine y el Centro de Documentación contra la Tortura–, y las denuncias documentadas de las personas internas y sus familias han sido clave en el proceso. Así lo explica la nota de prensa firmada por estas organizaciones haciendo pública la resolución judicial. En esta se establecen siete medidas en las que “requieren a distintas instituciones y autoridades la ejecución de determinadas actuaciones en relación a las denuncias por malos tratos, la tutela judicial efectiva, la protección de la salud de las personas internas y el establecimiento de medidas especiales ante el preocupante internamiento de mujeres migrantes víctimas de violencia de género, teniendo la obligación de atender a las mismas”.

El CIE de Madrid es uno de los centros activos del Estado español junto con el de Valencia, Barcelona, Cádiz y los dos de Canarias. Entre las medidas dictadas para este centro se cuenta una dirigida a la violencia de género. En concreto y según recoge la resolución, “poner en conocimiento del Ministerio de Justicia la conveniencia de permitir al Director del centro el acceso al registro central de violencia de género”.

Como ocurre en otros centros de encierro como las cárceles, los CIE carecen de perspectiva de género: son sistemas hechos para hombres, no para mujeres. Así lo señalaba el informe Regularizar lo inhumano de la oenegé Mundo en Movimiento: “La violencia que sufren específicamente las mujeres a lo largo del periplo migratorio no se para en la puerta del CIE, sino que cambia y peor aún, se normaliza. La invisibilización de las necesidades de las mujeres, que se traduce en una falta absoluta de atención, forma parte de ese guion de deshumanización que parece ser necesario para el funcionamiento del sistema”. Así, la resolución judicial recoge la obligación de “aplicar criterios de género ante las solicitudes enunciadas por mujeres y ante aquellas personas que denuncian motivos de persecución por su género u orientación sexual, teniendo así mismo en cuenta los factores culturales del/la solicitante”.

 

Esta petición genérica, sin embargo, solo se concreta en la medida mencionada del cruce de datos que, además, no es de obligado cumplimiento: “Es la única medida que se toma y además es una petición de los jueces, pero veremos si el ministerio y la policía lo quieren cumplir”, explica Pamarés. Un ejemplo de que estas instituciones carecen de perspectiva de género, según cuenta, se ha visto durante la pandemia: “La reapertura de los CIE fue en octubre, pero el protocolo Covid solo hablaba del módulo de hombres. El de mujeres se utilizó para internar a la gente infectada. A partir de 2021, se vuelve a internar mujeres a pesar de seguir habiendo personas infectadas, pero no hay protocolo para el módulo de mujeres”.

Pese a las carencias, la resolución es importante, también, porque establece un protocolo de agresiones en el centro, fruto del registro, la documentación y la denuncia de que varias agresiones que no se investigaron. Esto supone un reconocimiento oficial de la vulneración de derechos de las personas internas y es una de las pocas veces en que los tres juzgados de control se pronuncian de forma conjunta sobre tantos temas, desde la salud hasta la violencia de género, de los centros de internamiento. A pesar de ello, la policía puede negarse al cumplimiento de este protocolo del Defensor del Pueblo y avalado por los juzgados.

 

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