Declaración de justicia digital feminista
Borrador redactado por el Grupo de Trabajo sobre Principios Feministas para la Justicia Digital convocado conjuntamente por IT for Change y DAWN como parte de la iniciativa de Justicia Digital de la Coalición Just Net. El grupo de trabajo se reunió durante 2021- 22 para elaborar en conjunto un documento temático y esta declaración.
Preámbulo
El gigante del capitalismo digital ha colonizado nuestros cuerpos y mundos vitales. A medida que el planeta queda subsumido en la matriz de redes y datos, asistimos a una intensificación de la desigualdad y la precariedad de las mayorías, y el ascenso de fuerzas antidemocráticas y fascistas.
Nuestra esfera pública está amenazada. Su impulso algorítmico controlado por las empresas natuliza las normas hegemónicas de género, instrumentalizando la sociedad y la diversidad humana con fines lucrativos.
El pacto social entre el capitalismo digital y el hogar patriarcal permite una movilización incesante del trabajo no remunerado y mal remunerado de las mujeres y cuerpos feminizados. En las cadenas de valor extractivas de la economía de los datos, el conocimiento incorporado y encarnado es suplantado por la inteligencia despersonalizada de las máquinas.
Mientras tanto, el Estado de vigilancia se ha apropiado de las proezas de la tecnología para clasificar y excluir a quienes considera indignos, ha disciplinando y deshumanizando los cuerpos feminizados, acosando a quienes defienden los derechos humanos de las mujeres y persiguiendo a las migrantes y refugiadas.
Es urgente que nos liberemos del dominio de esta otra cara del capitalismo, el reino de lo digital, y que adoptemos una visión de justicia digital feminista. Debemos reivindicar los valores de una nueva socialidad que pueda repolitizar los datos, resignificar la inteligencia vital y recrear arquitecturas digitales que permita una coexistencia en red.
Un manifiesto feminista por la justicia digital parte de los siguientes valores y principios:
- una agencia individual y colectiva enraizada en conexiones que se extienden entre lo local y lo translocal, ampliando los conocimientos y permitiendo la realización de encuentros fortuitos;
- una ética de la solidaridad comprometida con la puesta en común y la valorización feminista del conocimiento como valor social;
- una democracia participativa basada en la comunidad y construida sobre públicos digitales federados y
translocales que prosperen gracias a la inteligencia cívica y al empoderamiento de grupos históricamente marginalizados; - un orden económico mundial justo y equitativo que sea regenerador, transformador y respetuoso con los
límites ecológicos, las libertades sociales de lxs trabajadorxs y las diversas culturas del conocimiento; - un constitucionalismo digital global basado en un multilateralismo revigorizado, ascendente y en red para una gobernanza humana, una reciprocidad próspera, una vida digna y unos derechos humanos universales.
Rechazamos el acaparamiento y la manipulación de las tecnologías de datos en red como infraestructuras de dominación, y hacemos un llamado a una reivindicación feminista del paradigma digital a través de los siguientes principios básicos:
1. Una economía digital feminista
1.1. Una economía de la Inteligencia Artificial (IA) organizada según una integridad democrática y distributiva. Las trayectorias de despliegue de la IA en la economía deben estar andamiadas por marcos institucionales globales que protejan los derechos humanos, la justicia social y la igualdad de género en las fronteras de la innovación. Debemos ir más allá de una ética de la IA no vinculante y adoptar un paradigma de la IA basado en el Estado de derecho y comprometido con la eliminación de los prejuicios socioculturales de los sistemas de IA, el fomento de la creación de valor público y la introducción de la justicia redistributiva en la economía de la IA.
1.2. Modelos de plataforma alternativos para la apropiación regenerativa. Las posibilidades de la inteligencia en red deben aprovecharse para una producción sostenible y una distribución equitativa. Las empresas de plataforma dominantes que se benefician de las jerarquías laborales de género, sexualidad, clase y raza, en las cadenas de valor transnacionales, deben ser suplantadas por modelos de plataforma alternativos mediante la transferencia del poder a empresas sociales y solidarias dirigidas por mujeres y bajo propiedad de lxs trabajadorxs.
1.3. Plataformización basada en el cuidado y la mutualidad. Necesitamos una economía de la inteligencia que humanice el trabajo y permita que el ámbito laboral se reconstruya como un lugar de autorrealización. Hay que re-apropiarse de las arquitecturas de plataforma para alimentar sociedades en las que el trabajo de subsistencia humana y reproducción social de la vida no quede subsumido en la lógica del capital.
1.4. Comunidad y sostenibilidad como principios básicos. La autonomía y la resiliencia de las comunidades en el siglo XXI pasan por descolonizar lo digital y romper el nudo perverso entre digitalización, poder corporativo y financiarización que encadena a los pueblos del Sur. Las tecnologías de la Web 3.0 deben moldearse a través de la imaginación feminista para promover el beneficio público, la inclusión social y la sostenibilidad ecológica en el Sur Global. Su aplicación para el “lavado verde”, las finanzas especulativas, la bioingeniería no ética y otros proyectos neocoloniales y patriarcales deben ser detenidos a toda costa.
2. Una sociedad digital basada en la reciprocidad y la solidaridad
2.1. Socialidad comunicativa desprovista de mercantilización. El ágora global de las comunicaciones y las tecnologías del metaverso emergentes deben recuperarse de las fauces del capitalismo de la vigilancia. La implacable mercantilización de nuestras vidas íntimas por parte de las plataformas de contenidos digitales debe desafiarse para preservar una esfera pública. Hay que cuestionar la toma de posesión de la interacción social por parte del mercado para preservar eso que erróneamente llaman la “libertad individual” y, en cambio, promover un carácter público, transparente y participativo que valore las acciones colectivas, la diversidad, los derechos humanos y la justicia de género.
2.2. Una esfera pública inclusiva para nuestra condición posthumana. Nuestra socialidad posthumana -de convivencia con cyborgs, avatares, algoritmos sensibles, segundos mundos vitales- requiere nuevas salvaguardias para liberarnos del sexismo, el racismo, la misoginia y las políticas espectrales del odio. Necesitamos un nuevo marco institucional global para proteger y alimentar una esfera pública mediada digitalmente y basada en la justicia y la inclusión.
2.3. Libertad frente al panóptico de datos en red. La apertura no es una condición suficiente para promover las solidaridades feministas en el ámbito digital. Todas las tecnologías de la comunicación (aplicaciones de mensajería, portales de medios de comunicación, agregadores de noticias y plataformas de redes sociales), deben construirse con una base de carácter público, protegiendo el valioso espacio de la interacción cívica de ser manipulado por la vigilancia algorítmica.
2.4. Infraestructura de red democrática y controlada por la comunidad. Tenemos que alejarnos del paradigma centralizado en el “servidor-cliente” para acercarnos a una pluralidad de redes comunitarias que permita el florecimiento de múltiples ecologías de pertenencia, semejantes a la inteligencia orgánica de las redes forestales subterráneas. Hay que destinar recursos públicos al desarrollo de esa infraestructura de comunicaciones feminista.
3. Un estado digital basado en un contrato social feminista
3.1. Infraestructuras digitales públicas para servicios con perspectiva de género. La digitalización no puede convertirse en la vía para la privatización de facto y la mercantilización de las funciones básicas de gobernanza. Por el contrario, debe reforzar la justicia de género en la prestación de servicios públicos. Las infraestructuras digitales que sustentan los servicios públicos esenciales y la prestación de bienestar deben gobernarse democráticamente como bienes públicos.
3.2 Diseño con perspectiva de género para sistemas de gobernanza transformados. Los sistemas digitales pueden reproducir la exclusión y la discriminación de género o transformar las relaciones de género, dependiendo de las opciones específicas de diseño técnico e institucional. Por lo tanto, las normas que guíen estas opciones deben basarse en una visión feminista, que permita la participación en cada paso de su desarrollo y aplicación, de las personas históricamente marginalizadas por los sistemas y las instituciones patriarcales.
3.3. Sistemas digitales de bienestar que garanticen una ciudadanía sustantiva. El despliegue de datos de frontera y tecnologías de IA (como identificadores digitales universales, autenticación biométrica, modelos predictivos y herramientas automatizadas de toma de decisiones) en los sistemas de bienestar, debe estar sustentado por salvaguardias institucionales que garanticen la igualdad sustantiva de todas las mujeres e identidades feminizadas. Ninguna persona debería enfrentarse a la denegación injusta de derechos, a incursiones injustas que violen los derechos humanos o a la despolitización de la presentación de reclamaciones en relación con el estado de los datos.
3.4. Políticas corporales feministas en los programas de salud digitales. Los sistemas digitales en los programas de salud y derechos sexuales y reproductivos del Estado no pueden basarse en el patriarcado hetero/cis-normativo o en el proteccionismo paternalista. En su lugar, deberían adoptar las pautas de autonomía, integridad corporal, personalidad, dignidad, igualdad y diversidad. Rechazamos cualquier forma de vigilancia sexual y reproductiva contra cualquier grupo de personas.
3.5. El acceso a la asistencia social como un derecho fundamental. Los sistemas de seguridad social universales y las inversiones adecuadas en infraestructuras sociales del cuidado son necesarios para poner fin al contrato de género patriarcal que perpetúa una economía digital de precariedad ubicua y de trabajo de la economía gig generalizada. El trabajo de cuidados no remunerado de las mujeres y cuerpos feminizados y el trabajo voluntario en la comunidad no pueden ser el recurso por defecto en el que se basan los Estados para suscribir su modelo económico neoliberal y defender sus políticas de austeridad.
4. Un paradigma feminista para la gobernanza digital
4.1. La soberanía de los datos como elemento constitutivo del derecho al desarrollo. El derecho inalienable de todos los pueblos a la plena soberanía sobre sus bienes comunes de la naturaleza, consagrado en la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Desarrollo, se extiende a sus recursos de datos.
4.2 Los macrodatos como bien común de la sociedad. Los conjuntos de datos agregados no son feudo privado de las grandes empresas recopiladoras ni propiedad privada para el acaparamiento individual. Como conocimiento social que surge del colectivo, los macrodatos deben gobernarse como un bien común para garantizar beneficios equitativos para todxs.
4.3. Un constitucionalismo digital feminista. Hay que rechazar el statu quo de la gobernanza digital, apuntalado por discursos interesados y controlados por el poder corporativo. Los bienes comunes de internet, los datos y la inteligencia digital deben ponerse al servicio de las personas y del planeta a través de un nuevo constitucionalismo digital que aúne la justicia de género con la justicia social. Esto debería desarrollarse a través de una deliberación informada y un diálogo inclusivo que sitúe en el centro los intereses de todos los grupos humanos históricamente marginalizados.
4.4. La justicia digital feminista como eje político transversal. Los regímenes globales existentes de comercio e inversión, propiedad intelectual, fiscalidad y financiación para el desarrollo consolidan las injusticias históricas en el orden digital internacional neocolonial. Exigimos la revisión del comercio mundial, la inversión y los regímenes de propiedad intelectual para redistribuir el valor de los datos para la emancipación de la humanidad en general; un régimen fiscal internacional que recaude recursos fiscales adecuados para futuros económicos que incluyan la perspectiva de género en el sur global; y mecanismos de financiación para el desarrollo específicos que ayuden a la creación de infraestructuras digitales soberanas, incluidas las infraestructuras de plataformas, datos e inteligencia artificial, en los pueblos del sur global.
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